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MODIFICACIÓN - DEDUCCIÓN ADICIONAL 3 UIT

Foto del escritor: Julio OblitasJulio Oblitas

Hoy 03 de Noviembre se publicó una modificación sobre el reglamento de la ley del impuesto a la renta sobre la deducción adicional de las 3 UIT para las rentas de 4ta y 5ta categoría - Decreto Supremo 248-2018-EF.


El MEF establece que a partir del 01 de enero de 2019 estos trabajadores podrán aplicar como deducción hasta el 15% de lo pagado por los servicios recibidos en restaurantes, hoteles, bares y cantinas; considerando incluso los impuestos (IGV e Impuesto Municipal).


Para que este beneficio se haga efectivo, los restaurantes, bares, cantinas y hoteles deberán emitir comprobantes electrónicos.


Con esta medida se atacará la informalidad en estos sectores.





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